Las actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria referentes a la salud laboral se tolerarán a mango a través de las acciones y en relación con los aspectos señalados en el capítulo IV del Título I de la Clase 14/1986, de 25 de abril, Militar de Sanidad, y https://medinaempresarialsst.com/siso/